EL TRANSPORTE DE LOS EQUIPOS DE ILUMINACIÓN PARA EL BUCEO, Y SUS BATERÍAS, EN AVIÓN

Facturarlos o no facturarlos, esa es la cuestión.
Todos hemos pasado por eso alguna vez, al volar: objetos peligrosos, como cuchillos o cuchillas, tienen que facturarse como equipaje de bodega. Es por razones de seguridad, referente a los demás pasajeros y a los miembros de la tripulación. Es para evitar secuestros o simplemente, evitar herir a alguien.

Algunos de nosotros experimentamos ciertos inconvenientes al transportar los equipos de iluminación para el buceo, en un avión. El principal temor con las luces y los focos no está en el secuestro del avión, sino en provocar un incendio. Las voluminosas linternas y enormes y pesadas baterías, casi siempre deben facturarse como equipaje de bodega debido a su falta de idoneidad como equipaje de mano, motivado por su peso. Si se facturan como equipaje de bodega y luego se conectan accidentalmente, las lámparas de buceo y los focos pueden despedir mucho más calor que las linternas normales. El problema es que pueden ser capaces de incendiar el material circundante. Y un conato de incendio es un escenario desastroso en un avión.

Entonces, ¿cómo transportar nuestro equipo de iluminación hasta destino?
Se pueden llevar en el avión, pero una buena idea es separar o desconectar las baterías del resto. La separación de los componentes también te permitirá llevar las bombillas y baterías como equipaje de mano pudiendo, incluso, ser más "saludable" para el propio artículo, ya que una bombilla, por ejemplo, podría resultar dañada.
Los focos de buceo, obviamente, pertenecen al círculo interno de mercancías peligrosas. El porqué se explica a continuación. "Equipo de buceo (...) Las lámparas de buceo pueden contener baterías de ácido-plomo recargables, y las bombillas de alta intensidad pueden generar grandes cantidades de calor cuando se iluminan. Por lo tanto, las baterías y las bombillas serán retiradas para garantizar un transporte seguro".
La Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), en el apartado 2.3.4.6. referente a Artículos que Generan Calor, ofrece unas disposiciones claras sobre la regulación referente al manejo de mercancías peligrosas:

2.3.4.6 Artículos que generan calor
Limitación: DE-08
Los equipo alimentados por baterías, capaces de generar calor extremo, lo que provocaría un incendio si se activasen, por ejemplo, lámparas subacuáticas de alta intensidad. El componente productor de calor, la batería u otro componente , por ejemplo, el fusible. Cualquier batería que haya sido apartada, debe ser protegida contra cortocircuitos (guardándola en su embalaje original o aislando sus bornes mediante, por ejemplo, cinta adhesiva, o colocando cada batería en una bolsa de plástico o en una funda protectora.

Múltiple equipo pesado para la práctica del buceo técnico…

Los buceadores técnicos, en concreto, suelen llevan varias luces de respaldo, por seguridad, con sus correspondientes baterías. Por lo tanto, sus equipos suelen ser muy pesados e incluyen dispositivos con gran capacidad de generar calor, que seguramente sobrepasarán las disposiciones habituales de la compañía aérea referentes al peso del equipaje de mano. Ello les obligará a facturar la mayor parte de su equipo de iluminación como equipaje de bodega.

Hablando de baterías... Las baterías de litio...
Ya que estamos hablando de ello, también vamos a hablar de las baterías de litio, para las que existe una política especial de transporte. Si los pasajeros o miembros de la tripulación llevan, por ejemplo, dispositivos electrónicos portátiles (médicos) que contienen pilas o baterías de litio metálico o de iones de litio para uso médico, deben cumplir con los requisitos de transporte y embalaje especificados en las Instrucciones Técnicas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y obtener la aprobación de la línea aérea.
La OACI es un organismo especializado de las Naciones Unidas. De acuerdo con sus Instrucciones Técnicas para el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea, los pasajeros o miembros de la tripulación pueden llevar dispositivos electrónicos portátiles que contienen células de baterías de litio o de iones de litio (en relojes, calculadoras, cámaras, teléfonos móviles, ordenadores portátiles, cámaras de vídeo , etc.) como equipaje de mano a bordo del avión y para su uso personal, siempre y cuando el contenido de litio de la batería no sea superior a 2g y su calificación no exceda de 100Wh. Las baterías de litio más allá de los 160Wh están prohibidas, tanto en equipaje de mano como en equipaje facturado, mientras que las baterías de iones de litio entre 100Wh y 160Wh se pueden instalar en los dispositivos para llevar en el equipaje facturado o en el equipaje de mano, pero debe ser aprobado por la línea aérea. Además, únicamente están permitidas dos baterías de repuesto con una calificación de 100Wh a 160Wh por pasajero o miembro de la tripulación.
Las baterías de repuesto deben ser envueltas individualmente en un embalaje aislante, bolsa de plástico aislada o caja o sus bornes (es decir, los electrodos) deben estar cubiertos con cinta adhesiva para evitar cortocircuitos y sólo pueden ser transportadas en el equipaje de mano.
Como se puede ver, no todas las baterías son iguales, como tampoco lo son los dispositivos electrónicos. En cualquier caso, siempre es una buena idea informarse en la compañía aérea con la suficiente antelación, antes de volar, para no encontrarse con sorpresas desagradables en el aeropuerto. Por otra parte, también es aconsejable obtener este tipo de información de las aerolíneas que va a usar en país de destino - para que pueda viajar con seguridad con su equipaje y regresar a casa sin quemar el avión ni ganándose las feroces miradas de los otros pasajeros.


No hay comentarios.:

Publicar un comentario